lunes, 8 de febrero de 2016

Calidad de SOCIO y cantidad de VOTOS

SOCIOS:
Los socios de cada centro de Padres y apoderados son aquellos que cada año han pagado la CUOTA VOLUNTARIA de incorporación.

Quien no paga la cuota, no es socio, no puede elegir ni ser elegido.

Así de simple.

Esta condición todos los años cambia, y es importante considerarla porque para ser elegido los estatutos requieren de una antiguedad minima, que por lo generalmente es de UN AÑO.

Se sugiere solicitar al colegio la planilla de todos quienes han pagado la cuota del CGPA al momento de la matrícula, ello corresponde a padrón electoral de ese año, ello debería servir para actualizar el libro de socios, en base a un libro auxiliar que permita la ubicación alfabética de cada apoderado.

El libro de socios (obligatorio) señala fecha de ingreso, el padrón electoral (sugerido) acredita condición de socio vigente.

VOTOS
En la actualidad, cada apoderado tiene derecho a UN VOTO, y hechas las consultas a la Secretaría Municipal de la I. Municipalidad, se nos hizo ver que no es factible votar por "lista cerrada",  por razones legales, por lo tanto sugerimos MODIFICAR los estatutos para que cada socio cuente con tantos votos son los cargos a elegir.

La promoción de quienes forman equipo en función de afinidad o adhesión a un programa, debería servir  para orientar a los votantes, no obstante, ellos serán soberanos en cuanto a decidir su asumen la sugerencia de apoyar "equipos de trabajo", o votar en conciencia por quienes prefieran.

Se recuerda que los estatutos señalan que la presidencia la ejerce quien obtenga la primera mayoría y los demás cargos se reparten, por lo tanto, en los votos no se requiere señalar cargo.

PROPUESTA:
Que cada socio tenga derecho a tener cuantos votos correspondan a los cargos a elegir, sin indicación de estos en la cédula de votación.